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Servicio de Teleassitencias


La teleasistencia es un servicio que permite a la persona usuaria comunicarse las 24 horas del día con una central de alarmas para que, en caso de necesidad, pueda ser atendida inmediatamente. A través de un pequeño aparato, que lleva en forma de colgante, puede ponerse en contacto con un equipo de profesionales que le aportará la atención que necesite.

El objetivo de la teleasistencia es favorecer la autonomía de la persona mayor que vive sola o de quien tiene alguna discapacidad, y aumentar la calidad de vida.

Para solicitar este servicio:

Personas residentes en el barrio Centro y en el barrio de Pla del Vent Torreblanca:
EBASP del centro cívico Sant Pancraç

Personas residentes en el barrio de Las Planas y en el barrio Residencial Sant Joan:
EBASP del centro cívico Les Planes

Hoja de solicitud (obrir tràmit)

Requisitos de las personas destinatarias del servicio

Dispondrán de forma gratuita del servicio de teleasistencia todas las personas mayores de 80 años que vivan solas y consten empadronadas en el municipio de Sant Joan Despí.
Para las personas menores de 80 años:

  • Persona sola: cálculo de los ingresos económicos restante del alquiler o hipoteca. El resultado final deberá ser igual o inferior a 1,6 veces el IPREM vigente.
  • Más de una persona en el domicilio: suma de los ingresos económicos de todas las personas que forman parte de la unidad de convivencia, se le restará el alquiler o hipoteca y se dividirá entre el número de miembros. El resultado final per cápita no podrá superar 1,4 veces el IPREM vigente.

Documentación y donde dirigirse

La persona interesada en disponer del servicio de teleasistencia se deberá dirigir al centro de Servicios Sociales que le corresponda según el barrio de residencia: Centro Cívico Sant Pancraç o Centro Cívico Les Planes.

Las personas mayores de 80 años de edad que vivan solas rellenarán el impreso de solicitud y lo presentarán en el mismo centro cívico juntamente con el certificado de convivencia y la fotocopia de su DNI.

Las personas menores de 80 años de edad deberán presentar el impreso de solicitud juntamente con la siguiente documentación:

A. Personas mayores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 75% que vivan solas.

  • Certificado de convivencia
  • Fotocopia del DNI
  • Certificado del CAD donde conste la necesidad de asistencia de tercera persona o el reconocimiento de movilidad reducida

B. Personas hasta 80 años de edad con problemas de salud o de dependencia que vivan solas.

  • Certificado de convivencia
  • Fotocopia del DNI
  • Justificante de ingresos económicos (nómina, pensión y/o otras rentas)
  • Justificante del pago de la vivienda (alquiler o hipoteca)

C. Dos personas, de las cuales una presenta un nivel de dependencia moderada, severa o total. En estos casos no se aplicará el baremo económico.

  • Certificado de convivencia
  • Fotocopia del DNI

D. Dos personas, de las cuales una tiene 90 años de edad o más. En estos casos sí se deberá valorar la situación económica.

  • Certificado de convivencia
  • Fotocopia del DNI
  • Justificante de ingresos económicos (nómina, pensión y/o otras rentas)
  • Justificante del pago de la vivienda (alquiler o hipoteca)
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